FoodPro Preloader

¿Cuáles son las deudas que son heredables según Condusef?


Cuando muere el titular de una deuda, no todas sus obligaciones financieras desaparecen automáticamente. Algunas de sus deudas podrían sobrevivir y seguir generando intereses, así lo señala la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, (Condusef) .

Y es que aunque comúnmente, por medio de un seguro se pueden cancelar las deudas de los finados, por lo que los familiares no están obligados a pagarlas, sin embargo existen algunas excepciones.

Productos financieros como hipotecas o tarjetas de crédito, cuentan con seguro de vida, que cubren la deuda cuando el familiar ha fallecido, pero los detalles están en las letras chiquitas. Hay casos muy específicos en los que las deudas de las tarjetas de crédito, no quedan liquidadas. 

¿Qué tipo de deudas puede heredar un fallecido según Condusef?

En estos casos, la deuda se hereda, cuando hay más de tres meses de atraso en los pagos, o también, si se hace uso de la tarjeta, en los días posteriores al fallecimiento.

“Por regla general ninguna persona tiene la obligación legal de saldar las deudas de la persona fallecida, al menos que sea el cónyuge de la persona fallecida o se encuentre establecida como albacea y se le nombró responsable de liquidar la deuda”, establece la Condusef.

Para cancelar la tarjeta de crédito de un familiar fallecido, es necesario revisar el contrato de adhesión y el tipo de producto que se contrató. En el contrato están presentes los requisitos para cancelar.

Según Condusef, la cancelación se puede hacer por teléfono o directamente en la sucursal del banco. La institución debe proporcionar un acuse de recibo, clave de confirmación o número de folio.

En el caso de las deudas de hipotecas mancomunadas, Condusef expresó que estas son  créditos que estiman los ingresos de ambos cónyuges con el propósito de acceder a un préstamo mayor, y así poder adquirir una vivienda de mayor precio.

Cuando este tipo de crédito es otorgado, las dos personas están cubiertas por el seguro de vida ligado a la hipoteca. Por tanto, si alguno de los dos fallece el seguro liquida la deuda, con la condición de que dentro de la póliza se figure el esquema de cobertura mancomunada conyugal y a su vez no se presenten atrasos en los pagos de ésta.

Descargas


#FinanzasPersonales