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Los comunicadores bisoños de la Suprema Corte de Justicia de la Nación distribuyeron ayer un comunicado en donde tratan de explicar el delicado y discutido asunto de los Fideicomisos del Poder Judicial de la Federación que la Cámara de Diputados extinguió el martes pasado, y que el Senado de la República deberá aprobar o rechazar.

Según los susodichos comunicadores -que se llevaron varias semanas en preparar y distribuir el documento-, la "información real" de dichos instrumentos es la siguiente: 1. Los fideicomisos NO están destinados para beneficio de 11 ministros en funciones y 22 en retiro Ni uno solo de los 14 fideicomisos con los que cuenta el Poder Judicial de la Federación (PJF) está relacionado con gastos de ministras y ministros.

Mucho menos se destinan para aspectos que tengan que ver con cuestiones personales. 2. Cada fondo y fideicomiso tiene objetivos específicos que no permiten su uso para fines distintos a los establecidos para su creación. Y describen los objetivos de cada uno de los fideicomisos, tanto los de La Corte como los del Consejo de la Judicatura Federal (CJF). Al azar, el columnista escogió uno.

Suprema Corte de Justicia de la Nación: Pensiones Complementarias Mandos Superiores, medios y personal operativo. Plan de Prestaciones Médicas Complementarias y de Apoyo Médico Extraordinario, cuyo objetivo es auxiliar a servidores públicos operativos -que son los de menores ingresos- en caso de extrema urgencia médica cuando las condiciones no les permiten atender el padecimiento de forma adecuada. El apoyo puede ser con carácter devolutivo según las circunstancias.

Lo primero que cualquier hijo de vecino se preguntaría es por qué tanto los mandos superiores, medios y personal operativo reciben un complemento de su pensión. La respuesta es contundente, pues con la miserable pensión que les otorga el ISSSTE se morirían de hambre.

Y eso es real, pero entonces todos los trabajadores al servicio del Estado pensionados deberían recibir un complemento.

No, no, no, los pensionados del PJF son algo así como los "hijos del Estado", y a los trabajadores comunes y corrientes los ven como entenados, motivo por el cual No tienen los mismos privilegios.

La Tremenda Corte, perdón, la Suprema Corte lo explica de la siguiente manera en su información oficial: La función que desempeñan los titulares de los órganos jurisdiccionales federales constituye uno de los elementos más importantes en la conservación y actualización del Estado de Derecho en México, por ello, el esfuerzo y dedicación de esos servidores de la Justicia Federal, realizado de manera constante y cotidiana sin más compromiso que el cumplimiento del deber en beneficio de la Nación, merecen que cuando por las condiciones personales que la ley prevé, se vean obligados a retirarse del servicio activo, en justa retribución se propicien condiciones económicas tales que les permitan continuar viviendo con la dignidad y el decoro que la medianía de sus ingresos les ha proporcionado durante el tiempo en que han cumplido con su noble misión.; máxime, que en términos de lo establecido en el párrafo segundo del artículo 101 constitucional las personas que hayan ocupado el cargo de Magistrado de Circuito o Juez de Distrito no pueden , dentro de los dos años siguientes a la fecha de su retiro, actuar como patronos, abogados o representantes en cualquier proceso ante los órganos del Poder Judicial de la Federación.

O sea que como los trabajadores comunes y corrientes al servicio del Estado no se esfuerzan, no se dedican, no son constantes y el cumplimiento a del deber no beneficia a la Nación, no tienen derecho - cuando se retiren-a vivir con dignidad, ni decoro, y por lo tanto no reciben una pensión complementaria.

De otros fideicomisos que pretenden defender los comunicadores bisoños de la Corte, mejor ni los comentamos porque dan ganas de llorar.

Lo primero que cualquier hijo de vecino se preguntaría es porqué tanto los mandos superiores, medios y personal operativo reciben un complemento de su pensión.

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