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Seguridad social para el trabajo del hogar


La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, como Ley suprema en nuestro país, consagra un amplio catálogo de derechos fundamentales que con el paso de los años se han ido perfeccionando y ganando mayor terreno. Dentro de este tenor, se encuentra el derecho a la seguridad social, como la serie de prerrogativas que se manifiesta a través de prestaciones que recibe tanto el trabajador como su familia y dependientes económicos que se sujetan a los supuestos que determine la ley aplicable.

No obstante, a pesar de ser un derecho reconocido en la Ley Fundamental, en términos prácticos existe una amplia brecha de sectores de la población que por la naturaleza de poseer trabajos circunscritos al sector informal de la economía y pasar toda su vida en ellos no adquieren algún tipo de derecho a la seguridad social. Destacando que estadísticamente esta compleja situación repercute a las mujeres.

Al respecto, es menester señalar que las trabajadoras del hogar se engloban como uno de los sectores que por un largo tiempo han desempeñado su labor en un contexto de informalidad y precariedad laboral, con condiciones laborales muy inferiores a las de otros trabajadores del sector formal.

Los datos son duros, pues el 97% de las personas que realizan el trabajo del hogar remunerado son mujeres, y de este número, 98 de cada 100 carecen de seguridad social. Es decir, de las 2.5 millones de personas de más de 15 años dedicadas al trabajo en el hogar, solo 0.1% poseen seguro. En esa virtud, en las últimas décadas este derecho social se ha convertido en una de las principales demandas para quienes día con día laboran desde este campo.

Y si bien es cierto que en los últimos años se han instrumentado estrategias gubernamentales como el programa piloto de afiliación al Instituto Mexicano del Seguro Social, también lo es que los resultados han despegado de forma paulatina, requiriendo el esfuerzo de analizar y reforzar los alcances de este tipo de políticas públicas.

Es el caso que recientemente, la Cámara de Diputados aprobó, casi por unanimidad, el dictamen a la minuta de reformas a la Ley del Seguro Social en materia de personas trabajadoras del hogar, con las que se busca brindar un aseguramiento de dichos trabajadores desde el primer día de labores. Para ello se implementa un esquema alternativo para el caso de que existan múltiples patrones, y el acceso a cinco tipos de seguros sin exclusión.

Esto significa que quienes se dedican a dicha actividad tendrán derecho a los seguros que la Ley del Seguro Social prevé, tales como el seguro de enfermedades y maternidad, de riesgos de trabajo, de invalidez y viudez, de retiro, cesantía de edad avanzada y vejez, así como servicios de guarderías y prestaciones sociales.

Con este modelo el Instituto Mexicano del Seguro Social prevé afiliar a 2.3 millones de trabajadoras del hogar, tratándose de un logro sin precedentes, del que tuve la oportunidad de formar e impulsar junto a las y los integrantes de la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado de la República.

Indudablemente hablamos de una loable conquista en favor de los derechos laborales que fortalece el principio de progresividad de los derechos humanos y permite la construcción de un andamiaje normativo funcional, vigente y justo para un grupo poblacional que se enfrentaba cotidianamente a la incertidumbre.

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