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Suprema Corte avala tope a comisiones de las Afores


La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló este miércoles el tope a las comisiones que cobran las 10 Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) que impuso el Congreso por medio de una reforma en el 2020.

Hace cuatro años, se reformaron las Leyes del Seguro Social y del Sistema de Ahorro para el Retiro para modificar una serie de cuestiones respecto a las Afores; uno de los cambios aprobados por el Congreso fue topar a partir de 2022 las comisiones que cobran.

El tope establecido en la reforma se calcula con base en el promedio de las comisiones cobradas en los sistemas pensionarios de Estados Unidos, Chile y Colombia.

Para este 2024, el tope aprobado por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) quedó en 0.57% sobre los saldos administrados en las cuentas de los trabajadores.

Antes de que entrara en vigor la reforma del 2020, en diciembre de 2021, las Afores cobraban una comisión promedio de 0.81 por ciento.

No obstante, hubo años como 2008 en los que llegaron a cobrar una tasa promedio de 2.0 por ciento, según datos históricos de la Consar.

Por cuatro votos contra uno, la segunda sala de la Suprema Corte determinó que la reforma a la Ley del Sistema de Ahorro para el Retiro era constitucional, pues el Congreso sí tiene facultades para legislar en esta materia.

Con ello, se desechó un amparo que un juez federal había concedido a Afore Sura contra los topes a las comisiones.

Además de Sura, otras Afores como Azteca y Coppel igualmente habían interpuesto un recurso contra los límites a las tasas de comisión.

En un pronunciamiento, Afore Sura aseguró que el amparo que presentó no iba en contra de la reducción de las comisiones, sino que objetaba la metodología del cálculo del tope.

“Dicha metodología considera el comportamiento de las comisiones de tres países (Estados Unidos, Colombia y Chile) cuyos sistemas de pensiones responden a realidades completamente distintas a la del mexicano”, planteó Afore Sura.

La Afore explicó que si se ampararon, fue porque consideran que la metodología para el cálculo de las comisiones debe considerar exclusivamente a la realidad mexicana y no responder al funcionamiento de otras soberanías.

En el proyecto aprobado de la ministra Yasmín Esquivel Mossa, la segunda sala estableció que establecer un parámetro internacional para las comisiones que cobran las Afores no implica imponer normas de otros países en México, sino que solamente sirve para establecer el máximo al que estarán sujetas las cuotas.

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#Afores, #Pensiones