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TESTAMENTO ELECTRÓNICO, RECURSO LEGAL Y ÁGIL QUE PUEDE TRAMITARSE EN MEDIO DE UNA CRISIS SOCIAL


Hay múltiples causas por las que las personas fallecen sin dejar testamento, y ese factor le ocasiona problemas a las personas designadas para administrar los bienes de la herencia; sin embargo, en la actualidad gracias a la tecnología de blockchain es posible que una persona imprima su última voluntad mediante la modalidad de testamento digital. 

Con la COVID-19, el elaborar testamentos de manera presencial se complicó aún más por el riesgo de que el notario público y la persona que desea establecer su herencia coincidieran en un mismo lugar, lo que provocó que nueve de cada 10 fallecidos por la enfermedad de coronavirus no dejara testamento.

Alrededor de este escenario adverso, la tecnología ha comenzado a jugar un papel importante en la tarea de asentar la última declaración de voluntad de una persona de forma inmediata, robusta y transparente en situaciones de emergencia (como la pandemia de la COVID-19) para que la autoridad y los interesados tengan evidencia cierta de esa manifestación.

La empresa TRATO dio a conocer una solución digital para realizar el testamento mediante el uso de blockchain. Esta tecnología incorpora la certificación de autoridades facultadas para dar fe de la fecha real del acto y del contenido manifestado en el testamento. Con el sello de tiempo de la Autoridad Correspondiente (Secretaría de Economía) se determinan los elementos para probar la fecha de emisión e identidad del usuario.

Seguramente muchas personas se preguntarán ¿qué validez legal tiene el testamento digital en México? Cabe señalar, agrega la firma TRATO, que con la pandemia de 1918, se desarrolló desde el punto de vista legal una figura que permitió, de forma inmediata y frente a situaciones urgentes, manifestar la última voluntad de la persona que enfrentara una situación que pusiera en inminente riesgo su vida.

Este tipo de testamento fue cayendo en desuso, hasta casi el olvido, incluso derogado de muchos ordenamientos legales locales. Hoy en día es posible retomar este tipo de testamento. El artículo 1565 del Código Civil Federal establece que el Testamento Privado será aplicable en los casos en que sea muy difícil que concurran el testador y el notario público, como sucede actualmente consecuencia de la pandemia COVID-19.

Con base en lo anterior TRATO encontró la ruta jurídica y tecnológica para crear una versión digital del Testamento Privado, para que los ciudadanos que consideren que se encuentran en peligro y tengan deseos de disponer de su patrimonio por medio de esta figura, puedan hacerlo a través del Testamento Digital, que brinda la seguridad del sistema blockchain, el uso de sistemas biométricos, protección de información que se utilice en el documento y la eficiente utilidad de los medios electrónicos.

Sin embargo, TRATO destaca que es importante señalar que la figura de la Declaración Electrónica de Voluntad no está regulada de manera literal en el sistema jurídico mexicano, por lo que es recomendable acudir a un notario público cuando el presente periodo de necesidad por la emergencia sanitaria termine.

“Entendemos la responsabilidad de la institución jurídica de las sucesiones y por ello recomendamos ampliamente el uso de Declaración Electrónica de Voluntad, para que cualquier persona pueda disponer de su patrimonio y dejar sus derechos a salvo. No obstante, hacemos énfasis en la sugerencia de acudir al notario público a dejar testamento una vez que la crisis y el estado de urgencia terminen”, explica Ignacio Bermeo, CEO y fundador de TRATO.

https://www.elasegurador.com.mx/blog/testamento-electronico-recurso-legal-y-agil-que-puede-tramitarse-en-medio-de-una-crisis-social/

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