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Vital que toda empresa, incluyendo las de autotransportes, tenga un seguro de responsabilidad medioambiental


En la actualidad, la conciencia en temas relacionados con el cuidado del medio ambiente se ha incrementado en todas las industrias y la regulación no es la excepción. En tal sentido, el sector asegurador ha generado coberturas que brindan una protección económica ante estas situaciones; por lo que el seguro de Responsabilidad por Contaminación Ambiental debe formar parte integral del programa de gestión de riesgos de toda empresa, incluyendo las de autotransportes.

Así lo indica Irma Herrera, directora comercial de Grupo Innovazione, quien añade que el objetivo de esta protección es simple: cubrir la responsabilidad derivada de los daños ocasionados al medio ambiente, así como la reparación y compensación para recuperar el equilibrio ecológico.

Herrera menciona que existe la creencia de que un seguro ecológico sirve solo para transporte de carga peligrosa; sin embargo, “no debemos obviar que cualquier afectación al medio ambiente podría ocurrir con cualquier tipo de carga”, señala.

La representante de Innovazione subraya que la legislación en nuestro país ha avanzado mucho en este aspecto y detalla que en 1988 se promulgó la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente (LGEEPA), que regulaba las actividades calificadas como “altamente riesgosas” (explosivas, tóxicas, radioactivas, inflamables o corrosivas) y establecía que quienes realizarán actividades de esta índole debían contratar un Seguro de Riesgos Ambientales.

Posteriormente, en 2003, se estableció la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos (LGPGIR), donde se contemplaba la contratación de una póliza especializada para la movilización de este tipo de materiales.

La modificación más reciente a esta legislación se llevó a cabo en 2013, con la promulgación de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental (LFRA), donde se establece como obligatorio la contratación de un seguro de Riesgos Ambientales que garantice el cuidado de los recursos naturales, así como la reparación, limpieza, restauración y compensación ante un siniestro.

Las entidades gubernamentales que intervienen en el dictamen, evaluación y seguimiento de un siniestro ecológico son: Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa); Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat); Comisión Nacional del Agua (Conagua); y Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris). 

Herrera subraya que hoy se sabe que cualquier producto o sustancia en un lugar y tiempo incorrecto puede generar contaminación en agua, suelo o aire. Este hecho afecta directamente a las industrias relacionadas con la producción, procesamiento, transporte, uso y almacenamiento de sustancias y materiales calificados como riesgosas.

“Por lo anterior, el sector de autotransporte es especialmente cuidadoso en contratar un seguro de Responsabilidad por Contaminación Ambiental que ampare las reclamaciones propias y de terceros por condiciones de contaminación durante todas las fases de su actividad: traslado, carga y descarga en predios propios y/o de terceros”, concluye Herrera.

 

 

 

 

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